El COACB celebra que finalmente se haya aceptado la moratoria que nuestro colectivo había reclamado a la Administración y a los grupos políticos, permitiendo el margen de un año más para la implantación del sistema Verifactu. Se debe recordar, que la norma continua vigente y que, por lo tanto, será necesario adecuarse antes de:
1 de enero de 2027: personas jurídicas obligadas al Impuesto de Sociedades.
1 de julio de 2027: personas físicas que tributan por IRPF y hacen actividades económicas.
El Real decreto publicado en el BOE solo modifica la fecha en que el uso de Verifactu pasa a ser obligatorio. Las empresas y autónomos/as que ya habéis empezado a usar Verifactu podéis continuar usándolo con normalidad, porque los requisitos técnicos no han cambiado.